Requisitos a cumplir por las Vallas de Seguridad

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Las vallas de seguridad se deben fabricar de tal manera que cumplan la norma NF P 90-306, la cual describe las características de seguridad mínimas para las barreras de protección de piscinas.

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Al comprar un modelo de vallas de seguridad este tiene que estar fabricado de acuerdo a esta norma. La CTE SU1 Y SU6 (solo para psicinas comunitarias) define los requisitos mínimos de seguridad y lo que debe saber el consumidor.

CTE SU1 Y SU6:

  • La profundidad del vaso en piscinas infantiles será 500 mm, como máximo
  • Las piscinas en las que el acceso de niños a la zona de baño no esté controlado dispondrán de barreras de protección
  • Los cambios de profundidad se resolverán mediante pendientes que serán, como máximo,
    en piscinas infantiles el 6% en piscinas de recreo o polivalentes, el 10% hasta una profundidad de 1400 mm y el 35% en el resto de las zonas.
  • Los huecos practicados en el vaso estarán protegidos mediante rejas u otro dispositivo de seguridad que impidan el atrapamiento de los usuarios.
  • En zonas cuya profundidad no exceda de 1500 mm, el material del fondo será de Clase 3 en función de su resbaladicidad, determinada de acuerdo con lo especificado en el apartado 1 de la Sección SU 1.

TIENDAS DE PISCINAS

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